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La secretaria de Hacienda y Crédito Publico[SHCP] emitió un decreto por el que se otorgan beneficios fiscales a las personas físicas que tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal[RIF]. El cual entro en vigor
el 1° de Enero de 2015. Este decreto establece que durante los primeros 10 años. Los contribuyentes que realicen ventas al público en general hasta por 100 mil pesos anuales, no pagaran IVA ni IEPS[Impuesto
Especial de Productos y Servicios]; a los contribuyentes con ventas al público entre los 100 mil y los dos millones de pesos, tendrán un descuento también del 100% el primer año y se irá reduciendo gradualmente
durante los siguientes nueve años.
Los porcentajes que efectivamente se apliquen por actividades efectivamente cobradas de IVA según el giro o actividad a la que se dedique el contribuyente, serán:
Este programa también contiene beneficios que pueden ayudar a sus finanzas y a su patrimonio, tales como acceso a la vivienda, a la salud, ser parte del SAR y hasta créditos al consumo. Las instituciones encargadas de apoyar este programa son:
El 31 de octubre del 2013, el H. Congreso de la Unión aprueba la iniciativa de Reforma Hacendaria presentada por el Ejecutivo Federal, siendo que las modificaciones realizadas representan un cambio
importante al Sistema Mexicano, por lo cual el Gobierno Federal se compromete a no proponer cambios a la Estructura Tributaria aplicable en el periodo del 1° de Enero del 2014 al 30 de Noviembre del 2018.
Acuerdos de Certidumbre Tributaria